En cada sociedad se manifiesta un determinado derecho (derecho puesto = derecho positivo), que es diverso y diferente de otros derechos (derechos puestos = derechos positivos) que se manifiestan en otras sociedades.
Por eso no debemos referirnos, concretamente, al “derecho”, sino a los “derechos”. El derecho, producto de una determinada cultura, no puede ser pensado como universal e intemporal. A cada sociedad corresponde un derecho, integrado por determinados reglas y determinados principios.
Sin embargo, podemos, en un plan abstracto, hablar de ciertos modelos de derecho.
Por esta razón, decimos por un lado que el modelo de derecho conocido y practicado en el tiempo en el que vivimos es el derecho formal (modelo de derecho formal). Desde otra perspectiva, podemos decir que ese modelo, conocido y practicado en nuestro tiempo, es el derecho moderno.
“Derecho”, por lo tanto, en el texto que sigue, significa sistema de principios (normas) coercitivamente impuestos a determinado grupo social, por cualquier organización social dotada de poderes para eso.
EROS GRAU, Jurista, abogado y magistrado brasileño. Fue Ministro del Tribunal Supremo Federal y Catedrático en el Departamento de Derecho Económico de la universidad de Sao Paulo
Información adicional
Peso | 0,15 g |
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Fecha de edición |
2021-07-01 15:02:02 |
Número de Edición |
1 |
Autor |
Grau, Eros |
Idioma |
4 |
Formato |
21 |
Páginas |
100 |
Lugar de edición |
CHILE |
Colección |
BIBLIOTECA DE FILOSOFÍA DEL DERECHO OLEJNIK |
Encuadernación |
Rústica |
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